DERECHOS SEXUALES

En el XIII Congreso Mundial de Sexología, celebrado en 1997 en Valencia, España, se formuló la Declaración Universal de los Derechos Sexuales, que posteriormente (el 26 de agosto de 1999, en el 140.º Congreso Mundial de Sexología, en Hong Kong) fue revisada y aprobada por la Asamblea General de la Asociación Mundial de Sexología (WAS).




Derechos sexuales:



  • El derecho a la libertad sexual
  • El derecho a la autonomía sexual, a la integridad sexual y a la seguridad del cuerpo sexual
  • El derecho a la privacidad sexual
  • El derecho a la igualdad sexual (equidad sexual)
  •  derecho al placer sexual
  • El derecho a la expresión sexual emocional
  • El derecho a la libre asociación sexual
  • El derecho a tomar decisiones reproductivas, libres y responsables
  • El derecho a la información basada en conocimiento científico
  • El derecho a la educación sexual general
  • El derecho a la atención clínica de la salud sexual





Sexualidad y genitalidad:

Es frecuente confundir y reducir el significado de la sexualidad a la genitalidad. La genitalidad, aunque importante, solamente es una parte de la sexualidad. También es frecuente simplificar el concepto sexualidad limitándolos a la copulación y fecundación. De estas confusiones se deriva la negación de algunos de los padres a que sus hijos reciban educación sexual en la escuela.










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